Soldati, o la falta de derechos sociales
I Por el Dr. Andrés Gil Domínguez (Constitucionalista - UBA-) Toda Constitución delimita un orden económico que establece los mecanismos generadores de los recursos que posibilitan dotar de eficacia al sistema de derechos en su integridad. La Constitución argentina orienta el gasto público al desarrollo humano y al progreso económico con justicia social respecto de las personas y sus derechos. Surge de los instrumentos internacionales sobre derechos humanos que tanto los derechos civiles y políticos como los derechos económicos, sociales y culturales son indivisibles e interdependientes y se ejercen sin discriminación. No se observan argumentos mediante los cuales se pueda justificar que ellos no sean derechos fundamentales y exigibles. Existe una obligación constitucional e internacional emergente del Pacto de derechos económicos, sociales y culturales que impone al Estado argentino hacer efectivos de forma progresiva dichos derechos. Para que un Estado pueda justificar el incumpl...