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Mostrando entradas de 2013

Perspectivas del presidencialismo en Colombia

Más poder ejecutivo, menos república Por: Rodolfo Arango En tiempos de globalización de las comunicaciones, de concentración de la riqueza, y de crisis del Estado social, es perceptible en Colombia el crecimiento del poder ejecutivo, en desmedro de la autodeterminación política de la población. Al ultrapresidencialismo se suman la tergiversación de los mecanismos de control –en manos del Congreso, de la Procuraduría y de la Contraloría – y la paulatina privatización de funciones y bienes públicos a manos de agentes nacionales e internacionales que buscan maximizar utilidades en desmedro del bienestar general de la población. El malestar generado por el desmonte de lo público, por el abandono de la educación y por el monopolio de saberes ancestrales en manos de multinacionales es perceptible en las protestas y movilizaciones sociales. La adopción de múltiples tratados de libre comercio beneficia a algunos sectores bien posicionados, en desmedro de millones de campesinos, ind...

20 años sin Carlos Nino

Proyecto de declaración de la Legislatura Porteña FUNDAMENTOS Señora Presidenta: Carlos Santiago Nino nació en 1943. Se recibió de Abogado en la Universidad de Buenos Aires y luego obtuvo un doctorado en leyes en la Universidad de Oxford en 1977. Fue Profesor Titular de Filosofía del Derecho en las Facultades de Derecho y de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires, se desempeñó como Investigador del CONICET y fue profesor visitante regular de la Escuela de Leyes de la Universidad de Yale. Sus investigaciones comenzaron a principios de los años 70 concentrándose en el análisis de algunas cuestiones tradicionales de la teoría general del derecho: intentó desentrañar el concepto de sistema jurídico, la polémica positivismo - iusnaturalismo y el concepto de validez jurídica, y estudió los conceptos jurídicos básicos, los problemas de interpretación de la ley y las relaciones entre moral y derecho. Muchas de sus numerosas obras fueron editadas no sólo en su ...

Obediencia Debida y Punto Final - Cuestiones de constitucionalidad

SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 25.779 PABLO MANILI (“Nos guste o no nos guste”) Publicado en Anales de Legislación Argentina , Boletín Informativo n° 23, Buenos Aires, Ed. La Ley,  10de Septiembre de 2003, pág. 1; y en Revista Abogados , publicación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, nº 70, Octubre de 2003, pág 46. I. Análisis de las Leyes 23.492 y 23.521 :                           Nos guste o no nos guste, las leyes llamadas “punto final” y “obediencia debida” fueron, en su momento, perfectamente constitucionales y gozaron de una amplia legitimidad política. Ello, por tres  tipos de razones: a) Desde el punto de vista estrictamente constitucional, el art. 67 inciso 17 de la Constitución Nacional (hoy 75 inciso 20) consagraba claramente la facultad del Congreso de “ conceder amnistías generales ”, y co...

El legado de Carlos Nino - Etica y Derecho para repensar la Democracia

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Este nuevo volumen fue recopilado de viejos Casetes que atesoraban lecciones que el gran Carlos Nino dio en la "Universidad de las Catacumbas". Sus pares y amigos, Diana Maffía y Marcelo Alegre se encargaron de esta edición, que recoge un testimonio único del pensamiento jurídico y filosófico en forma de 8 lecciones imprescindibles para repensar la Democracia. En la Argentina de 1983 se abría un momento histórico crucial: a las expectativas despertadas por la recuperación democrática se sumaba la necesidad de refundar las instituciones, dotar de legitimidad el ejercicio del poder y vitalizar la discusión política.  Carlos Nino, uno de los juristas argentinos más reconocidos, entendió que su mejor contribución a esa etapa era aportar ideas para resolver los problemas urgentes del país. El derecho y la filosofía política eran para él herramientas de transformación social. En el conjunto de su obra, este libro resultará atípico, porque se trata de las clases que dic...

Seminario 2013

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Libertad Sindical - Inconstitucionalidad de la 23.551

“ATE c/Municipalidad de Salta s/ Recurso de Inconstitucionalidad”, resuelto por la Corte el mismo día de la histórica inconstitucionalidad de la reforma del Consejo de la Magistratura, declara inconstitucional el artículo 31 de la ley de Asociaciones Sindicales (23.551). Este modelo, de unicato sindical, cuestionado hace decenios, fue -recordemos-, casi derogado con la fallida reforma sindical que contenía la ley Mucci en el gobierno del Dr. Raúl Alfonsín. (Una breve reseña puede leerse acá   ). Por fin la Corte se expide demostrando la incongruencia respecto del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el Convenio 87 de la OIT. Esta sentencia permite que los sindicatos sin personería gremial (como ATE, y también recordemos que es una facultad discrecional del Poder Ejecutivo otorgarla) puedan llamar a huelgas nacionales, por ejemplo, y permite desde luego que la representación de los trabajadores no esté en manos de una sola central. 

Inconstitucionalidad IV: La resistencia de la República * FALLO COMPLETO*

En un fallo previsible para quienes veníamos siguiendo el tema, pero, por todas las presiones desde el poder, de enorme dificultad para mostrar independencia de criterio, la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de la elección (mal llamada) popular de los consejeros de la magistratura. Acá, el fallo completo.

Curioso

Curioso cómo los medios oficialistas ven con buenos ojos la protesta en Brasil, cuando una movilización de idénticas características (quejas por la corrupción y el desvío de fondos, por ejemplo), acá son tildados de golpistas. Ejemplo de hoy:  http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-222536-2013-06-18.html

Inconstitucionalidad III: Servini

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La reforma judicial no se convierte en inconstitucional porque lo haya dicho, ayer, la jueza Servini: lo era desde el primer momento, y en todo caso lo extraño es que el gobierno haya impulsado a la misma a sabiendas de que "iba en su coche al muere." La actitud del oficialismo, en todo caso, puede explicarse por una diversidad de malas razones: aglutinar a la propia tropa frente a un nuevo enemigo común (repitiendo lo que ya es una fórmula gastada en el kirchnerismo); hacer saber a los jueces hostiles que están dispuestos a todo; y, sobre todo, aprovechar la oportunidad para abrir el abanico y ver si era posible obtener algunos beneficios de cortísimo plazo (retrasar los juicios de los jubilados; poner una amenaza más sobre quienes protestan contra el descalabro oficial en materia de servicios públicos; y, sobre todo, ver si la reforma podía servir para afectar a la oposición en los comicios inmediatos próximos). El objetivo de máxima, el más improbable, era hacer sostenible...

Inconstitucionalidad II

Página/12. A última hora de ayer, Servini de Cubría declaró la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 del Consejo de la Magistratura y del decreto 577/13 que convoca a elección por medio del voto popular de los consejeros que representan a abogados, jueces y académicos. Desde el FPV explicaron que la inscripción de la alianza se realizó hoy a las 10.30 porque la resolución judicial "será apelada y seguramente no quedará firme". El ministro de Justicia, Julio Alak adelantó que "el Estado nacional va a apelar este fallo", por el que "se pretende dictar la inconstitucionalidad de una ley absolutamente constitucional". Estimó, además, que la apelación de Gobierno contra el fallo de Servini de Cubría "tendría que ser entre hoy y el viernes, no más allá" y se manifestó confiado en que la Corte Suprema se va a expedir "favorablemente" a la postura gubernamental porque "la Constitución no es solamente la in...

Inconstitucionalidad

Primer fallo que declara la inconstitucionalidad de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura, en el fuero federal (Mar del Plata). El fallo, acá. Se sienten los primeros resortes constitucionales del límite al poder.

Burocratizar la justicia

Ayer la República sufrió un severo revés en lo concerniente a la división de poderes. Como hemos manifestado desde siempre en este blog, es imprescindible defender a las Instituciones frente a los atropellos del poder de turno. Ejemplos de un correcto proceder, es lo que nos sobra. En los subsiguientes posts, se analizarán las medidas englobadas dentro de la llamada 'reforma judicial', con sus consecuencias jurídicas. Es necesario entender para poder analizar las consecuencias a mediano y largo plazo. Ese es el deber que desde lo institucional nos corresponde. Entender, discutir, difundir. Una introducción al análisis puede leerse en la web  http://reformajusticia.org/

Símbolos

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El Congreso, símbolo de la República.  Quizás eventos como este sirvan para revalorizar los principios de toda sociedad: la libertad, la igualdad, el diálogo y el consenso. Que esta sea la postal (la mejor) del mensaje que se pretende dar al poder, en todos los niveles.

Qué opina el CELS de la (falsa) democratización de la justicia?

http://www.cels.org.ar/comunicacion/?info=detalleDoc&ids=4&lang=es&ss=46&idc=1609 " el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) ha solicitado el dictado de medidas cautelares contra el Estado para asegurar, entre otros supuestos, el acceso a la educación de migrantes, la definición de alternativas de vivienda de personas desalojadas, la suspensión de normas limitantes en forma inconstitucional de la libertad personal o la suspensión de actos administrativos de expulsión de migrantes. Del mismo modo,las medidas cautelares pueden ser necesarias para defender la libertad sindical o exigir acciones positivas del Estado, a fin de garantizar derechos en condiciones de igualdad."

La (falsa) democratización judicial

La administración de justicia del país, y no digamos la federal, necesita cambios profundos, urgentes y de largo aliento. Desde hace muchos años hemos denominado a ese programa “democratización de la justicia” bajo el entendimiento de que no se trata de que los jueces sigan los dictados de la mayoría –lo que iría en contra de su función constitucional- sino que se trata de que la administración de justicia sepa acompañar el crecimiento y desarrollo de una sociedad plural, dinámica, tolerante e inclusiva. Hoy no puede hacerlo con su cerrazón, sus procedimientos antiguos, su lógica de trámites, su pesadez burocrática, su egocentrismo valorativo, su falta de imaginación y su desprecio práctico hacia todo lo que tenga rostro humano y no sean papeles.  Por eso adherimos al debate que se abrió en los últimos meses y hemos hecho propuestas concretas para alimentarlo. Lo que está en juego es la necesidad de contar con espacio judicial nuevo, donde la lucha por los derechos, el control...

Chávez y el fin de la fiesta revolucionaria

Interesante la nota del diario El País de España, en su versión digital. http://internacional.elpais.com/internacional/2013/03/13/actualidad/1363154194_066616.html?rel=rosEP

Democratizar la Justicia: Debate

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Consejo de la Magistratura

Quedaron definidas ayer las presidencias de las 4 comisiones del Consejo de la Magistratura, a saber: Comisión de disciplina . Presidente: senador kirchnerista Marcelo Fuentes; Vice: diputado K Carlos “Cuto” Moreno. Comisión de Selección de Magistrados . Presidente: Carlos “Cuto” Moreno; Vice: diputada kirchnerista Stella Maris Córdoba. Comisión de administración financiera.  Presidente: senadora kirchnerista Ada Iturrez de Cappellini; Vice: juez Mario Fera. Comisión de reglamentación.  Presidente: Stella Maris Córdoba; Vice: el juez Alejandro Sánchez Freytes. Todas las comisiones en manos del oficialismo. Más allá de las consideraciones netamente políticas, la crítica republicana consiste en que todo el poder del órgano que designa a los jueces quede en manos del partido gobernante. La división de poderes merece una profunda autocrítica.

Ley de Medios: ¿por qué no se aplica?

Martín Becerra: "(Cuando) el Gobierno proclama que el conjunto de la ley está suspendido, reconoce que su política de medios desde 2009 estuvo al servicio de la guerra, con métodos propios de excepcionalidad bélica antes que adscriptos a la legalidad votada por el Congreso. Un sumario de la excepcionalidad lo conforman la resistencia para la plena integración del directorio de la autoridad de aplicación de la ley (Afsca) con las fuerzas de oposición (parte de la responsabilidad es de la oposición que entre 2009 y 2011 controló el Congreso, encargado de nominar a tres directores de la Afsca); el uso de espacios de los medios gestionados por el Estado para denostar cualquier opinión que no replique mecánicamente las consignas que propagandizan productoras contratadas por el Gobierno y que contradice su mandato de pluralismo; las señales otorgadas en televisión digital a algunos empresarios y a un sindicalista prescindiendo de la exigencia de la ley de realizar concursos públicos...

Carlos Nino: Juicio al Mal Absoluto

Una interesante reseña del libro (uno de los últimos) del genial Carlos Nino. Recomendada! Link, ACÁ. Felíz 2012!