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Mostrando entradas de abril, 2010

Planteando el problema: consideraciones sobre el centralismo

Durante la organización nacional, que abarca entre 1810 y 1860, se ensayaron muchos proyectos para instrumentar el sistema político. Así, a partir de 1811, con el Estatuto Provisorio, se redactaron sendas constituciones unitarias y otras tantas federales. Finalmente, la Constitución de 1853 fue jurada por las Provincias existentes en ese entonces, exceptuando Buenos Aires, que se había escindido de la Confederación. Muchas reformas se sucedieron a partir de entonces, durante el siglo XIX, y otras tantas, más o menos legítimas, durante el siglo veinte. Si bien nuestra corriente constitucional tuvo tanta influencia unitaria como federal en cuanto al armado del sistema de distribución de poder, el proyecto finalmente redactado proviene de los constitucionalistas de la llamada “generación del ‘37”; primeramente Juan Bautista Alberdi, complementado por contribuciones no menos importantes –pero injustamente menos célebres- de Mariano Fragueiro y uno de los principales estatistas de la ép...

Sobre las mayorías simples y calificadas

La discusión doctrinaria está dividida, respecto a la votación sobre la reforma de la ley del impuesto al cheque. Las dos corrientes se debaten acerca de la mayoría que indica la Constitución Nacional. La media sanción se logró con mayoría simple, es decir con el voto de la mitad más uno de los miembros presentes (35 votos), mientras, según otro sector, la reforma de la ley requiere una mayoría calificada (la mitad más uno de los integrantes de la Cámara - 37-) El debate se centra en si es o no una asignación específica; la clave para conocer la mayoría legal requerida para aprobar la ley. Opiniones de juristas constitucionales a continuación: Daniel Sabsay "No es una asignación específica [lo que se reformó] sino una modalidad de distribución. Solamente se está cambiando el criterio de distribución del producido entre Nación y provincias, pero no es que haya una asignación especial. Eso es otra cosa. El solo hecho de que esa misma ley haya sido en el pasado modificada por mayorí...

Un diagnóstico actual

En la Argentina de hoy, se presentan dos grandes dilemas. En primera instancia, conviene distinguir cuáles son los problemas de fondo, estructurales, que le impiden al país progresar. Según mi óptica, la falta de políticas largoplacistas desde 1989 han generado una tendencia más bien improvisada de gobernar, con pequeñas políticas que no resuelven cuestiones de fondo, a mi entender esenciales; como la pobreza, la falta de acceso a la educación, el desarrollo sustentable y la defensa del medio ambiente. Caso 1: el Federalismo Según nuestro ordenamiento jurídico, contamos con un sistema Representativo, Republicano y Federal de gobierno. ¿Vivimos un verdadero federalismo? La respuesta parece ser "no". Si bien para algunos puede ser considerada una cuestión menor, es de importancia estratégica la asignación de recursos entre las provincias, y el desarrollo regional (federalismo cooperativo), que serán próximamente. Si logramos invertir esta corriente de estancamiento feder...

Bienvenidos

Bienvenidos a este blog, un lugar de pensamiento acerca de sistemas de gobierno, políticas progresistas, Constitucionalismo, y cuestiones concernientes al desarrollo positivo de políticas de Estado. Invitamos a todos a participar. Es un espacio democrático cuyo objetivo final es generar alternativas de pensamiento y acción. Saludos! M